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Requisitos para obtener una Residencia Permanente y Ciudadanía en Colombia



Si se desea permancer por tiempo indefinido en Colombia, es necesario obtener una Residencia Permanente. La misma no solo dipone el establecimiento estable y duradero en el tiempo, sino también, el ejercicio libre de cualquier actividad, sin requerir alguna autorización previa. De todos modos, esta Visa ya no es más otorgada por un tiempo indefinido, sino que, hay que renovarla cada cinco años además de la cédula extranjería.


Uno de los grandes beneficios que trae consigo la Visa Permanente es que la misma, luego de un plazo cumplido dependiendo del país de origen del extranjero, se puede optar por la nacionalidad colombiana después de un tiempo domiciliado en el país determinado por ley.


Pueden aplicar para la obtención de esta quien sean padre o madre de un colombiano, bien sea porque alguno de los padres es nacional colombiano o que los padres siendo extranjeros se encontraban domiciliados en Colombia al momento del nacimiento.

Quienes hayan permanecido en el territorio nacional de forma continua e ininterrumpida por 5 años como titular principal de la visa tipo “M” (Migrante).


Las personas que han renunciado a la nacionalidad colombiana en el pasado (en la mayoría de los casos para adquirir la nacionalidad de otro país que prohíbe la doble nacionalidad) pueden aplicar para obtener la Residencia Permanente. En el caso de ser beneficiario de la Visa de Cónyuge, la titularidad continua de ésta durante un tiempo mínimo de 2 años permite solicitar una Visa Permanente, en este caso se requiere el consentimiento del cónyuge colombiano.


Finalmente, puede solicitar la Visa quién haya registrado una inversión extranjera directa ante el Banco de la República en monto superior a 650 salarios mínimos mensuales legales vigentes, por ejemplo un aporte de capital a una sociedad.


Para el caso de la Visa tipo M y la Visa de Cónyuge es necesario:

  1. Copia de las visas y salvoconductos de los que ha sido titular durante el tiempo de permanencia en el territorio colombiano.

  2. Certificado de movimientos migratorios expedido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.

  3. Documento que certifique ocupación y/o fuente de ingresos.

  4. Documento que certifique o acredite que las circunstancias o condiciones que dieron lugar al otorgamiento de la última visa aún permanecen.

Para el caso de los padres es necesario:

  1. Copia del Registro Civil de Nacimiento del hijo nacional colombiano.

  2. Carta de solicitud.

Para el caso de la inversión extranjera es necesario:

  1. Certificación expedida por el Departamento de Cambios Internacionales del Banco de la República en la que conste el registro de la inversión extranjera directa a nombre del extranjero cuyo monto sea superior a 650 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

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