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¿Cuáles son las opciones a fin de crear una Empresa en Dubai?


Dubái se ha destacado en los Emiratos Árabes Unidos y en todo el mundo por considerarse un centro de negocios internacional como consecuencia de su política favorable para el sector empresarial y por la flexibilidad de su sistema jurídico y fiscal que permite a los inversores optimizar la fiscalidad de su sociedad.


Las ventajas que se presentan al momento de considerar conformar una empresa en esta capital económica son múltiples, debiéndose indicar que:


A nivel fiscal, son inexistentes el impuesto sobre sociedades, la retención, el IVA, el impuesto sobre el beneficio, las cargas sociales, el impuesto de la renta, el impuesto sobre el patrimonio y el intercambio de información con el extranjero.


A nivel bancario, existe una red bancaria eficaz y fiable, y


A nivel jurídico, se aplica un derecho local, moderno y flexible, acompañado de un proceso de registro simple, eficaz y ágil.


Además de ello, existe un sistema de comunicación eficaz, ya que el aeropuerto se encuentra conectado de manera global.


Es totalmente posible para un empresario extranjero, extender o crear su empresa allí, siendo posible adoptar alguna de las siguientes tres soluciones:


1. Sociedad FREE-ZONE:


Es una alternativa óptima para quienes deseen abrir e implantar su empresa en la llamada “zona franca”, es decir, en una definida zona geográfica donde las ventajas financieras y fiscales están acordadas para las empresas que se implantan, lo que permite un desarrollo económico muy favorable.


De esta manera, en ciertas zonas, las empresas no pagan impuestos de sociedades o impuesto sobre los beneficios, sobresaliendo por ello ciertas zonas francas en Dubái.


Actualmente, existen aproximadamente veinte zonas francas en aquella ciudad, tales como Gold & Diamond Parc, Silicon Oasis, Customs & Free Zone Corp, Metal & Commodity Center y Palm Island Development.


Son asombrosas las ventajas de constituir una sociedad en este tipo de zonas de Dubái, entre las cuales se encuentran las siguientes:


  • La sociedad puede poseerla un extranjero por completo, lo que permite obtener para él y sus empleados un visado de residencia y de trabajo, válido 3 años y renovable de por vida. Su familia se puede beneficiar también.


  • No tiene obligación de pagar impuesto de sociedades ni IVA. Únicamente debería pagar un derecho de aduana del 5% en caso de venta de mercancía en los Emiratos.


  • Entre las ventajas fiscales a título personal, se le permite estar exento del impuesto de la renta, el impuesto sobre la fortuna y el patrimonio, así como las cargas sociales.


  • Le da derecho contratar personal, y tener relaciones comerciales con proveedores y clientes –sociedades- en los Emiratos Árabes Unidos.


Tiene 3 alternativas de actividades admitidas en estas zonas, las cuales pueden ser de consulting, de trading y de holding.


Previo a elegir la opción que más se ajusta a sus necesidades, debemos verificar que su actividad sea admitida en los UAE (United Arab Emirates). En efecto, para ciertas actividades precisas, es esencial respetar la reglamentación y obtener las autorizaciones complementarias, las cuales podrán ser resueltas por nuestro equipo en caso de que tratar de evitar los mayores inconvenientes para el desenvolvimiento y crecimiento de su negocio.

2. Sociedad NON FREE ZONE:


Una sociedad onshore instalada en una no-free zone es una sociedad local, la que también puede ser llamada LLC o DED.


Al contrario de una sociedad free-zone, aquí tiene la libertad en la elección de su actividad, mientras esta sea legal en el país y posea las autorizaciones específicas.


Además, la localización es libre, no estando delimitado por una zona franca como tal.


Las ventajas fiscales se mantienen para este tipo de sociedades, por lo que no hay impuesto de sociedades, ni impuestos sobre la renta. De la misma manera, con una sociedad local es posible obtener un visado de residencia y de trabajo.


Es importante saber, que es cierto que no hay ningún impuesto, pero sí hay un derecho de aduana de un 5% que se retiene en caso de importación. Con esta solución, es posible contratar empleados, para ello se tendrá en cuenta el derecho laboral local.


Aquí, la principal obligación con la sociedad local es que su capital solo puede estar en posesión del empresario en un 49%. El 51% restante tiene que estar obligatoriamente en manos de un Emiratí.


Es importante saber que se aplican las leyes locales, razón fundamental por la que recomendamos ser asesorado por un abogado a fin de evitar posibles litigios.


3. Sociedad OFFSHORE:


Ofrece la posibilidad a los dirigentes de crear una sociedad import-export, una sociedad consulting -asesoramiento o prestaciones de servicios-, o una sociedad holding -o una sociedad matriz de un grupo-, sin necesidad de un Emiratí.


No es posible abrir despachos, contratar empleados ni trabajar con proveedores locales. No hay ningún impuesto en el caso de una sociedad offshore en Dubái, pero esta última no puede ejercer directamente en el país. Se trata sobre todo, de poderse beneficiar de las ventajas fiscales del país.


La sociedad puede practicar todas las actividades a excepción de las actividades bancarias, seguros financieros reglamentados, y todas aquellas situadas en los Emiratos –exceptuándose la toma de participaciones o inmobiliaria en Emiratos-.


La cuenta bancaria puede situarse en cualquier sitio, pero ante un problema de credibilidad de su sociedad, aconsejamos que dispongan de una cuenta bancaria profesional en Dubái, la cual presenta ciertas características estudiadas por nuestro equipo.


Muchas jurisdicciones están consideradas como paraísos fiscales, por lo que elegir una jurisdicción fiable y poderosa asegura la seguridad para su actividad.


Los Emiratos se benefician de una excelente imagen, ya que no se considera "paraíso fiscal", y no están en la lista negra de los paraísos fiscales de la OCDE.


Una sociedad Offshore en los Emiratos puede ejercer muchas actividades, la única limitación está en que, dependiendo del tipo de licencia -licencia Offshore-, su sociedad no puede tener ninguna actividad en Emiratos –no puede tener ni clientes ni proveedores en los Emiratos pero puede tener una cuenta bancaria-.


Las ventajas fiscales siguen presentes, por lo que no debe pagar impuestos ni tasas sobre los beneficios ni sobre los dividendos ni las plusvalías obtenidas. Debe simplemente abonar una tasa fija anual de unos cientos de euros.


Al mismo tiempo, las sociedades offshore no están obligadas a mantener ni a presentar su contabilidad.


Se caracteriza este tipo de sociedades como una opción discrecional, como consecuencia de que los accionistas que crean una sociedad offshore son anónimos y su identidad no se inscribe en el Registro local.


Finalmente, expuestas las opciones disponibles actualmente, recalcamos la necesidad de un equipo especializado como el nuestro que le brinde la información pertinente para no dejar pasar las oportunidades que nos ofrece esta ciudad.


Asesoramos a personas con un alto patrimonio neto, propietarios de PYMES o de empresas emergentes e inversores que apuesten por el crecimiento de su empresa a niveles nunca pensados. ¿Cómo hacemos ello? Encargándonos de la creación de la empresa, de la apertura de las cuentas bancarias y de la obtención de visados, luego de ser atentos a la estrategia comercial de la empresa a fin de buscar los mejores resultados a nivel fiscal y comercial.

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